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Comparativa completa: NIE, TIE y CUE (NIE verde) explicados

NIE blanco, TIE y CUE o «NIE verde»: qué es cada uno, a quién corresponde, tasas actualizadas y cuándo necesitas el número y la tarjeta a la vez.

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Comparativa completa: NIE, TIE y CUE (NIE verde) explicados

Cuando hablamos de documentación para extranjeros en España hay tres documentos que se confunden constantemente: el NIE blanco, la TIE y el CUE o «NIE verde». No son lo mismo y no se eligen libremente: dependen de tu nacionalidad y de si vas a residir en España.

Antes de entrar en detalle, la distinción que resuelve la mitad de las dudas:

  • NIE = el número administrativo que te identifica. Ocho dígitos y una letra.
  • NIE blanco, CUE y TIE = los documentos que pueden contener ese número.

1. NIE blanco (Número de Identidad de Extranjero)

El «NIE blanco» es el documento, en papel, que se entrega a los no residentes que necesitan el número para una gestión concreta.

  • Para quién: cualquier extranjero, de la UE o no, que necesite el número sin residir en España.
  • Para qué: comprar o vender una propiedad, aceptar una herencia, abrir una cuenta, crear una empresa o trámites fiscales.
  • Regulación: Ley Orgánica 4/2000. Formulario: EX-15.
  • Importante: es solo el número; no acredita residencia.

2. CUE / NIE verde (Certificado de Registro de Ciudadano de la UE)

Es el certificado —en papel verde, de ahí el apodo— que acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de los ciudadanos de la UE, del EEE o de Suiza que residen en España más de tres meses. Incluye tu número de NIE.

  • Para quién: ciudadanos de la UE/EEE/Suiza que van a residir en España.
  • Cuándo: dentro de los 3 meses desde la entrada.
  • Regulación: Real Decreto 240/2007. Formulario: EX-18.
  • Documentación según el caso: contrato de trabajo o alta de autónomo; o seguro médico y medios económicos; o matrícula y seguro si eres estudiante.
  • Importante: los ciudadanos de la UE no obtienen TIE. Sus familiares extracomunitarios sí obtienen la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE.

3. TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero)

Es el documento físico —tarjeta con chip y datos biométricos— que acredita la residencia legal de los extranjeros extracomunitarios.

  • Para quién: residentes no comunitarios con autorización de residencia temporal o de larga duración.
  • Cuándo: dentro del mes siguiente a obtener la autorización.
  • Regulación: Ley Orgánica 4/2000; Real Decreto 1119/1986.
  • Validez: la de tu autorización, de 1 a 5 años.

NIE y TIE frente a frente

AspectoNIETIE
¿Qué es?Un número (8 dígitos + letra)Una tarjeta física de identidad
¿Quién lo expide?Policía NacionalPolicía Nacional
¿A quién corresponde?A todo extranjero con intereses en EspañaA residentes extracomunitarios con autorización
¿Caduca?No. El número es permanenteSí, con tu autorización de residencia
¿Para qué se usa?Hacienda, bancos, trabajo, administraciónIdentificarte y acreditar tu residencia legal
¿Sirve para viajar?NoNo: fuera de España usas el pasaporte

Tasas actualizadas

Las fija la Orden PJC/617/2025, en vigor desde el 16 de junio de 2025. Todas se abonan con el modelo 790, código 012, que se genera en la sede electrónica de la Policía Nacional marcando la casilla del trámite concreto:

TrámiteImporte
Asignación de NIE a instancia del interesado9,84 €
Certificado de registro de ciudadano de la UE (CUE)12,00 €
TIE — primera concesión de residencia temporal16,08 €
TIE — renovación de residencia temporal19,30 €
TIE — residencia de larga duración21,87 €

Cada casilla genera un importe distinto de forma automática. Marcar la equivocada significa pagar de más o de menos y que te devuelvan el expediente.

Tabla de decisión: ¿cuál es tu caso?

Tu situaciónDocumento
Extranjero no residente (compra, herencia, empresa)NIE blanco
Ciudadano de la UE/EEE/Suiza que reside en EspañaCUE / NIE verde
Ciudadano no comunitario que reside en EspañaNIE + TIE
Familiar extracomunitario de ciudadano de la UETarjeta de familiar de ciudadano de la UE

¿Cuándo necesito el número y la tarjeta a la vez?

Si eres extracomunitario y tienes autorización de residencia temporal o de larga duración, necesitas ambos. La secuencia habitual es:

  1. Entras en España con el visado de residencia correspondiente.
  2. Se te asigna el número de NIE.
  3. Obtienes la autorización de residencia.
  4. Con la autorización concedida, solicitas la TIE dentro del mes siguiente.
  5. A partir de ahí tienes las dos cosas: el número (NIE) y la tarjeta (TIE).

Casos especiales

  • He perdido la TIE. Denuncia la pérdida en Policía Nacional y solicita un duplicado con el certificado de denuncia. El número de NIE no se pierde: sigue siendo tuyo.
  • Cambio de autorización. Si pasas de residencia temporal a larga duración necesitarás una TIE nueva acorde a la nueva autorización.
  • Renovación de la TIE. Se puede solicitar a partir de tres meses antes de la caducidad. No conviene esperar al último momento.

Errores frecuentes

  • Pedir el NIE blanco cuando en realidad vas a residir: necesitas el CUE o la TIE según tu nacionalidad.
  • Creer que un ciudadano de la UE necesita TIE. No: le corresponde el CUE.
  • Confundir el número (NIE) con el documento que lo contiene (blanco, verde o TIE).
  • Dar por hecho que el NIE «caduca» y hay que renovarlo. El número es permanente.

Fuentes


En Extranjería Palma analizamos tu nacionalidad y tu situación y tramitamos el documento que de verdad te corresponde. Cuéntanos tu caso y te damos un presupuesto cerrado.

Puede interesarte también la guía para solicitar el NIE en Palma, el servicio de TIE y el de CUE (NIE verde).

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